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Límites de un vigilante de seguridad

Limitaciones de un vigilante de seguridad

Aunque la función de un vigilante de seguridad privada tiene mucho que ver con el apoyo y la protección a los ciudadanos, su trabajo y sus obligaciones y responsabilidades no son las mismas que las de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Vamos a tratar de definir de manera sencilla y clara cuáles son las áreas de responsabilidad de un vigilante de seguridad, y aquellos aspectos en los que no tiene competencia como tal. Esto es importante porque, desde el punto de vista del ciudadano, no siempre tenemos claras las limitaciones que estos profesionales pueden llegar a tener ante determinadas situaciones.

Qué puede hacer un vigilante privado

Las funciones profesionales de los vigilantes de seguridad privada son las que realmente los muestran dónde están las limitaciones y hasta donde llegan sus atribuciones. Esto es algo que se aprende en los propios cursos de formación de vigilantes.

Dentro de las tareas autorizadas más relevantes empezamos por las tareas de comprobación, registro o prevención siempre que se enmarquen dentro de una acción que busca prevenir la inseguridad en el ámbito delimitado para sus funciones.

Esto, se complementa con la posibilidad de realizar controles de identidad, teniendo la atribución de poder solicitar la identificación de una persona y tomar nota de sus datos. Sin embargo, en este aspecto hay que tener en cuenta que no es posible retener la documentación en ninguno de los casos.

Otro apartado relevante es el de la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Esta colaboración se realiza en aquellos aspectos y situaciones en las que el vigilante de seguridad puede aportar con su cooperación a demanda de la propia policía. Dentro de este aspecto también es posible retener a una persona durante un tiempo concreto hasta que, tras el aviso, aparece la policía y se hace cargo de la retención. Es importante tener en cuenta que esta retención se justifica sólo desde el punto de vista de la comunicación con la policía para una cuestión de orden público o delito.

Qué no puede hacer un vigilante de seguridad

Para empezar, todas las atribuciones que hemos citado en el punto anterior se encuentran ajustadas a los espacios profesionales donde desempeña la actividad del vigilante privado.

Es decir, el vigilante de seguridad no puede realizar esas funciones o tareas fuera del marco del entorno profesional al que está adscrito, salvo algunas excepciones que recoge la ley a tal efecto.

Uno de los aspectos fundamentales en las actividades que no puede emprender el vigilante de seguridad es la relacionada con las personas.

No podrá realizar una detención salvo en aquellas circunstancias en las cuales cualquier ciudadano puede realizar dicha retención en espera de la llegada de la policía. Tampoco podrá retener la documentación, aunque sí solicitarla.

Un aspecto controvertido es el del registro de pertenencias: no está permitido para un vigilante privado el registro de pertenencias salvo que se enmarque en la comisión de un delito o en un entorno que así lo requiera, por ejemplo, en la entrada de un espectáculo. Del mismo modo, tampoco está permitido el cacheo salvo este tipo de excepciones.

Es importante que si se realiza un cacheo se apliquen normas al respecto como que el cacheado lo sea por una persona del mismo sexo, en un lugar no expuesto, en el tiempo justo sin exceso y que no deje o degrade al cacheado.

Tampoco podrá realizar interrogatorios a un retenido. Aunque si es posible solicitar una verificación de hechos para contrastar un posible delito.

Por último, en relación a las armas de fuego, con carácter general el vigilante de seguridad no tiene autorización. La excepción es que exista una autorización expresa de Dirección General de la Policía y que el vigilante posea la licencia de armas en vigor.